El Consell inicia actuaciones para paliar los daños producidos en la Comunitat Valenciana por el temporal de lluvia de marzo de 2017

El Consell ha aprobado iniciar las actuaciones para paliar los daños producidos por el temporal de lluvia y viento ocurrido en la Comunitat Valenciana los días 13 y 14 de marzo, que afectó a varios municipios de la provincia de Alicante.

Ante esta actuación, procede comenzar las acciones para conseguir, lo antes posible, la vuelta a la normalidad de las zonas que se han visto afectadas por el temporal.

Por ello, este acuerdo recoge que se establece un proceso en el que los municipios indicados, así como aquellos que también se hayan visto afectados, previa acreditación de haber padecido un fenómeno extraordinario mediante la aportación de un informe del fenómeno metereológico, tanto en intensidad como en amplitud, dispondrán hasta el 31 de mayo de 2017, para que, con el apoyo de los servicios técnicos de la Generalitat y, en su caso, con el de los servicios técnicos de las diputaciones provinciales, presenten las estimaciones de daños en las infraestructuras y bienes públicos que se hayan visto afectados, así como, en su caso, de los gastos extraordinarios que, con carácter urgente, se hubieran de efectuar como consecuencia del temporal.

En estos cálculos de daños deberán incluir una memoria de la valoración, con la relación detallada de las infraestructuras afectadas y su localización, preferentemente cartográfica; declaración de que todos los daños se han producido como consecuencia del temporal descrito en este acuerdo, así como de cualquier otra ayuda o subvención recibida o solicitada para la misma finalidad ante otros organismos públicos o privados o, si es el caso, declaración donde se indique que no se ha solicitado ni se ha recibido otra ayuda.

Una comisión técnica evaluará las solicitudes

Una vez presentadas las solicitudes, se evaluarán por parte de una comisión técnica, presidida por el director de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, y formada por el subdirector general de Emergencias, así como por una persona con rango mínimo de jefe de servicio designadas por cada conselleria o departamento competente.

Asimismo, a la comisión le corresponderá hacer una estimación presupuestaria, con cargo al Fondo de Contingencia para el ejercicio 2017, que se someterá a la aprobación del Consell.

En el caso de superarse la dotación presupuestaria prevista, se podrá establecer un prorrateo entre todas las actuaciones financiables, que se imputarán a cargo del Fondo de Contingencia para el ejercicio 2017.

Todo ello sin perjuicio de que los departamentos competentes puedan cofinanciar, con cargo a sus fondos propios ordinarios, las actuaciones previstas hasta el 100 por 100 de su coste.

La ejecución de las medidas que correspondan podrá llevarse a cabo a través del procedimiento de inversión directa o por medio del procedimiento de subvención. Además, las actuaciones de inversión directa podrán realizarse mediante el encargo a medios propios a los que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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