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Del próximo lunes, 30 de marzo, y hasta el jueves, 9 de abril, todos los trabajadores no esenciales deberán permanecer en sus domicilios. Así lo ha determinado el Gobierno que preside Pedro Sánchez este sábado y que él mismo ha transmitido a la ciudadanía en una comparecencia oficial en la que se ha remitido al decreto del estado de alarma para concretar los sectores imprescindibles.
El presidente calificado esta medida de una especie de permiso retribuído y ha asegurado que sólo afectará a ocho días laborables por la proximidad de la Semana Santa. Por este permiso, los trabajadores tendrá que devolver a su empresa las horas hasta final de este año 2020. «Durante los días de este permiso retribuido los trabajadores continuarán recibiendo su salario con normalidad», ha dicho el presidente.
En el decreto del estado de alarma se recoge en su Artículo 10 que se «suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio. En cualquier caso, se suspenderá la actividad de cualquier establecimiento que, a juicio de la autoridad competente, pueda suponer un riesgo de contagio por las condiciones en las que se esté desarrollando».
Además, estos son los cincuenta y un sectores esenciales tipificados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:
1- Cultivos no perennes
2- Cultivos perennes
3- Propagación de plantas
4- Producción ganadera
5- Producción agrícola combinada con la producción ganadera
6- Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha
7- Silvicultura y otras actividades forestales
8- Explotación de la madera
9- Recolección de productos silvestres, excepto madera
10- Servicios de apoyo a la silvicultura
11- Pesca
12- Acuicultura
13- Procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos
14- Procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos
15- Procesado y conservación de frutas y hortalizas
16- Fabricación de aceites y grasas vegetales y animales
17- Fabricación de productos lácteos
18- Fabricación de productos de molinería, almidones y productos amiláceos
19- Fabricación de productos de panadería y pastas alimenticias
20- Fabricación de otros productos alimenticios
21- Fabricación de productos para alimentación animal
22- Fabricación de bebidas
23- Preparación e hilado de fibras textiles
24- Fabricación de tejidos textiles
25- Acabado de textiles
26- Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir
27- Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes
28- Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir
29- Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial
30- Confección de ropa de trabajo
31- Confección de otras prendas de vestir y accesorios
32- Fabricación de calzado
33- Aserrado y cepillado de la madera
34- Fabricación de envases y embalajes de madera
35- Preparación de pasta papelera, papel y cartón
36- Fabricación de papel y cartón ondulados; fabricación de envases y embalajes de papel y cartón
37- Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico
38- Fabricación de productos químicos básicos, compuestos nitrogenados, fertilizantes, plásticos y caucho sintético en formas primarias
39- Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos
40- Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas
41- Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento; fabricación de perfumes y cosméticos
42- Fabricación de productos farmacéuticos de base
43- Fabricación de especialidades farmacéuticas
44- Fabricación de otros productos de caucho
45- Fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de plástico
46- Fabricación de envases y embalajes de plástico
47- Fabricación de vidrio hueco
48- Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el vidrio técnico
49- Fabricación de equipos de radiación, electrodomésticos y electroperapéuticos
50- Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos
51- Reparación de productos metálicos, maquinaria y equipo
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