UPdN ha denunciado en estos cuatro años numerosas irregularidades en el Ayuntamiento de Náquera

Unión Popular de Náquera, desde que entró a formar gobierno en el Ayuntamiento en 2011, ha puesto en conocimiento de la Fiscalía numerosos expedientes judiciales en los que señala posibles y variados delitos cometidos en los anteriores gobiernos del Partido Popular de Náquera. En estos casos, será la Fiscalía quien determine si hay delito, pero es nuestra obligación, como partido que apuesta por la transparencia, dar a conocer a los vecinos la situación de cada uno de ellos.

Uno de los asuntos más sonados es el relativo a la denuncia formulada contra el anterior alcalde del Partido Popular, Ricardo Arnal, por el nombramiento irregular de su hermano durante siete años como Jefe de la Policía Local. Todo ello, a pesar de existir una prohibición legal de contratación como máximo de dos años para la misma persona en dicho puesto. El Fiscal apreció indicios de delito y tras remitirlo a los juzgados de Llíria, el juez ha decretado la apertura del juicio oral por entender que existen indicios de delito de prevaricación. A día de hoy la situación está a la espera de que el Ministerio Fiscal emita sentencia.

Otro de los casos es la denuncia formulada por el Ayuntamiento contra los responsables de una explotación ganadera instalada en la zona de Cabeç Bord, por un presunto delito contra la ordenación del territorio y el medio ambiente, al estar varios años instalada sin que los gobiernos del Partido Popular hicieran nada, actuando sin licencia ambiental, y en una condición de no legalizable y próxima a un área residencial a la que venia generando molestias de todo tipo, y que además se situaba en una zona de influencia del Parque Natural de la Serra Calderona. El Fiscal estimó que existían indicios de delito, y el juez de Llíria tomó declaración a los imputados. Tras la denuncia del Ayuntamiento y el inicio de las acciones penales los responsables de la ganadería retiraron todo el ganado, eliminando así las molestias a los vecinos colindantes.

El caso de la adjudicación presuntamente irregular del contrato de limpieza viaria del municipio, fue archivado por el Fiscal, pero obligó al actual equipo de gobierno a retrotraerse hasta el momento de la licitación, al considerar que el trámite de puntuar a las empresas no había sido el correcto, ya que se le había concedido a una de las empresas con menor puntuación. De esta manera, el Ayuntamiento ha tenido que indemnizar a la empresa que le correspondía la adjudicación.

Por su parte, una de las causas urbanísticas más abusivas que ha detectado UPdN es la relativa a la tramitación y aprobación irregular de determinadas fases de Els Plans, llegando a tener posiblemente responsabilidades varios miembros del Gobierno Municipal anterior, cuya denuncia ha sido esta semana admitida a trámite. Comenzó con el consentimiento del Partido Popular para que el Agente Urbanizador no formalizara garantía alguna para asegurar la ejecución de la obra. Una garantía que debía alcanza unos 2 millones de euros, para el volumen de obra que se proyectaba construir. Además, y siguiendo con las irregularidades urbanísticas del PP, el Gobierno Municipal adjudicó directamente la condición de empresario constructor al mismo agente Urbanizador, circunstancia que la Ley Urbanística Valenciana prohíbe expresamente. Con se evitaba, precisamente, tener que licitar esta obra, lo que hubiese supuesto una minorización del coste. Todo ello, en detrimento de los intereses públicos y especialmente, en perjuicio de los propietarios, entre los que se encuentra el propio Ayuntamiento, dado que todos lo vecinos tienen que soportar ahora unos costes de urbanización superiores a los que se hubieran generado en caso de una libre concurrencia de empresas. Por ello, el Juzgado de lo Contencioso Número Cuatro de Valencia dictó sentencia anulando la reparcelación y la adjudicación al propio Agente Urbanizador de la citada figura de empresa constructora, tal y como prohíbe la Ley. Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) anuló el Plan Parcial, porque el campo de Golf que estaba proyectado había sido considerado como una dotación que daría servicio a todo el municipio, pero cuya carga corría exclusivamente a cuenta del sector y, por tanto, de todos los propietarios afectados. De manera que todos los propietarios, incluido el propio Ayuntamiento, tenían que pagar los costes de su ejecución y obtención de suelo. Según cita la sentencia literalmente “es contrario al principio de justa equidistribución de beneficios y cargas, cuando se define como elemento estructural, es decir, al servicio de todo el municipio y se obtiene solo a cargo de los propietarios de este sector”.

En relación con la Fundación Sierra Calderona, de la que forma parte el Ayuntamiento como patrono y único pagador, se efectuaron en los primeros años de esta legislatura una serie de gestiones ante el Registro de Fundaciones, respecto de la situación legal, de las que se pudo averiguar que ni constaban debidamente registrados y actualizados los cambios de la Junta Rectora, ni tampoco se había presentado las cuentas anuales ante el Registro. Ante esa situación, el consistorio acordó realizar un requerimiento judicial al efecto de que aportaran todos los datos. Dada la documentación aportada, actualmente se está elaborando un informe con el objetivo de estudiar la posibilidad de que el Ayuntamiento deje de formar parte de esta entidad, así como remitir dicho expediente a la Fiscalía para que se depuren responsabilidades penales, dadas las irregularidades en la presentación de las cuentas anuales y falta de justificación de las facturas y gastos.

Por último, y con relación al incendio producido en el año 2010 como consecuencia del lanzamiento de un castillo de fuegos artificiales, pese a la prohibición expresa en la normativa forestal, actualmente este procedimiento está a la espera de juicio, que será el próximo mes de junio de 2016, estando acusado el exalcalde del Partido Popular, Ricardo Arnal, y el Ayuntamiento de Náquera como responsable civil subsidiario.

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