{"id":48150,"date":"2016-07-20T10:55:30","date_gmt":"2016-07-20T07:55:30","guid":{"rendered":"http:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/?p=48150"},"modified":"2016-07-20T10:55:30","modified_gmt":"2016-07-20T07:55:30","slug":"una-sentencia-deniega-el-reingreso-del-intendente-principal-de-riba-roja-tras-suprimir-su-plaza-el-supremo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/una-sentencia-deniega-el-reingreso-del-intendente-principal-de-riba-roja-tras-suprimir-su-plaza-el-supremo\/","title":{"rendered":"Una sentencia deniega el reingreso del intendente principal de Riba-roja tras suprimir su plaza el Supremo"},"content":{"rendered":"<p><strong> <\/strong><\/p>\n<figure id=\"attachment_48153\" aria-describedby=\"caption-attachment-48153\" style=\"width: 300px\" class=\"wp-caption alignleft\"><a href=\"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-content\/uploads\/2016\/07\/Riba-rojaPoli.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-48153\" title=\"Riba-rojaPoli\" src=\"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-content\/uploads\/2016\/07\/Riba-rojaPoli-300x225.jpg\" alt=\"Instalaciones de la Polic\u00eda Municipal en el municipio de Riba-roja.\" width=\"300\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-content\/uploads\/2016\/07\/Riba-rojaPoli-300x225.jpg 300w, https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-content\/uploads\/2016\/07\/Riba-rojaPoli-1024x768.jpg 1024w, https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-content\/uploads\/2016\/07\/Riba-rojaPoli.jpg 2048w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-48153\" class=\"wp-caption-text\">Instalaciones de la Polic\u00eda Municipal en el municipio de Riba-roja.<\/figcaption><\/figure>\n<p>Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo n\u00famero 7 de Valencia ha avalado la decisi\u00f3n del actual equipo de gobierno de Riba-roja de T\u00faria de denegar el reingreso del intendente principal a su plaza al considerar que un fallo previo del Tribunal Supremo anul\u00f3 este puesto de trabajo creado por el PP por ser ilegal tras aceptar un recurso del abogado del Estado. El dictamen del juzgado ratifica, adem\u00e1s, que no se han vulnerado en ning\u00fan momento los derechos fundamentales alegados por el trabajador.<\/p>\n<p>Los hechos recurridos por el empleado arrancan en julio de 2010 cuando empez\u00f3 a ocupar el puesto de intendente jefe, en comisi\u00f3n de servicios, hasta que en julio de 2012 pas\u00f3 a desempe\u00f1ar la plaza en propiedad tras ganar un concurso-oposici\u00f3n. En enero del a\u00f1o 2015 solicit\u00f3 su traslado al Ayuntamiento de Manises, en otra comisi\u00f3n de servicios, que venc\u00eda, justamente, en enero de este a\u00f1o.<\/p>\n<p>Sin embargo, el nuevo de gobierno de Riba-roja -formado por el PSPV, Comprom\u00eds y Esquerra Unida- deneg\u00f3 la solicitud del empleado p\u00fablico y solicit\u00f3 un pronunciamiento de la sala, ahora aceptado, sobre los t\u00e9rminos en los que deb\u00eda ser ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba, justamente, diversas plazas de trabajo -entre ellas la de intendente jefe-, y una subida salarial decretada por el Partido Popular en 2010 que supon\u00eda aumentos medios del 3&#8217;2%, muy por encima del 0&#8217;3% del \u00edndice de precios al consumo (IPC), recurrida en su momento por el abogado del Estado.<\/p>\n<p>La sala de lo contencioso-administrativo avala en su dictamen la legalidad de las decisiones adoptadas por el actual ejecutivo de Riba-roja ya que en el momento en el que el demandante present\u00f3 su petici\u00f3n de reingreso \u00abya hab\u00edan sido anulados por sentencia tanto el acuerdo inicial de la plantilla como la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, por lo que no exist\u00eda ninguna plaza vacante en plantilla de intendente principal\u00bb. Los magistrados recuerdan que han sido los tribunales \u00ablos que han dejado sin efecto y declarado la nulidad de la resoluci\u00f3n en la que se creaba la plaza ganada por el actor\u00bb.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Ayuntamiento de Riba-roja alegaba, en su escrito de defensa, que la sentencia del Supremo \u00abno ha dispuesto que se conserve ning\u00fan acto\u00bb incluido en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo auspiciada por el Partido Popular \u00abmientras no se vuelva a crear la plaza de intendente principal, por lo que no es posible adscribir a dicha plaza a ning\u00fan funcionario\u00bb, aunque reconoce al empleado la oposici\u00f3n que aprob\u00f3.<\/p>\n<p>La sentencia emitida ahora por el juzgado rechaza que se haya violado el derecho a no sufrir indefensi\u00f3n por parte del trabajador \u00abpues consta que ha podido utilizar todos los recursos que la ley pone a su alcance en defensa de sus intereses\u00bb y a\u00f1ade que tampoco se ha infringido \u00abel tr\u00e1mite de audiencia\u00bb pues recuerda que se trata de un procedimiento \u00abiniciado a instancia de parte, no de oficio, y la ley permite prescindir de la audiencia previa cuando no sean tenidos en cuenta otros hechos o alegaciones que las aducidas por el interesado\u00bb. La sala impone al recurrente a asumir las costas del proceso.<\/p>\n<p>El equipo de gobierno de Riba-roja de T\u00faria ha resaltado \u00abel respeto total y absoluto a todas las decisiones que marcan las instancias judiciales\u00bb y han destacado que el fallo del juzgado de lo contencioso-administrativo \u00abavala plenamente las decisiones que el gobierno local ha tenido que tomar para acatar la sentencia que en su momento dict\u00f3 el Tribunal Supremo ante un acto injusto e ilegal del Partido Popular que, aprovechando la cercan\u00eda electoral, llev\u00f3 a cabo con el dinero de todos los contribuyentes\u00bb<\/p>\n<p>El recurso que en momento interpuso la abogac\u00eda del Estado, base de los fallos posteriores del Tribunal Superior de Justicia valenciano y del Supremo, consideraba que se hab\u00eda dispuesto una jornada partida e irregular a 29 trabajadores con incrementos retributivos entre los 153 y los 697 euros; retribuci\u00f3n y responsabilidad de ejercer como letrado municipal con un factor complementario cifrado en otros 11.323 euros; adem\u00e1s, se reconoce un factor de festividad a las limpiadores municipales, con aumentos de entre 317 y 383 euros.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la abogac\u00eda, se retribuyeron dedicaciones especiales con aumentos de entre 1.000 y 1.797 euros, la creaci\u00f3n de nuevas jefaturas de servicios y negociados con otras subidas de entre 674 y 2.629 euros, otros puestos son considerados por su mayor responsabilidad, otros por su especial dificultad t\u00e9cnica son incrementados con entre 674 y 2.560 euros, adem\u00e1s de crear la plaza de intendente jefe y otras dos de t\u00e9cnico de educaci\u00f3n infantil y se amortizan otras 5 plazas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\">Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo n\u00famero 7 de Valencia ha avalado la decisi\u00f3n del actual equipo de gobierno de Riba-roja de T\u00faria de denegar el reingreso del intendente principal a su plaza al <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/una-sentencia-deniega-el-reingreso-del-intendente-principal-de-riba-roja-tras-suprimir-su-plaza-el-supremo\/\" title=\"Una sentencia deniega el reingreso del intendente principal de Riba-roja tras suprimir su plaza el Supremo\">[+] <\/a><\/div>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":48153,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[46,8,72,142,182,3,116,45],"tags":[],"class_list":["post-48150","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-camp-de-turia","category-la-comarca","category-sin-categorizar","category-politica-la-comarca","category-riba-roja","category-seccion","category-sucesos-la-comarca","category-ventana"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48150","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=48150"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48150\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/media\/48153"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=48150"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=48150"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tucomarca.com\/wordpress\/segunda\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=48150"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}