El Consell aprueba ayudas por valor de más de 4,6 millones para familias afectadas por la DANA

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Las subvenciones, de concesión directa, están dirigidas a las 328 familias acogedoras y a las 3.208 familias numerosas, monoparentales y vulnerables con menores a su cargo, residentes en los municipios dañados por el temporal.

El objetivo es compensar el esfuerzo extraordinario de los hogares que sufrieron pérdidas materiales y personales y garantizar la recuperación social tras la emergencia.

El Pleno del Consell ha aprobado dos decretos destinados a apoyar a los hogares afectados por la dana con una inversión conjunta de 4.636.000 euros, a fin de reconocer el esfuerzo extraordinario de las familias que han soportado con mayor intensidad las consecuencias de la catástrofe.

El primero de los decretos regula las ayudas dirigidas a las 328 familias acogedoras, tanto en la modalidad extensa como educadora, que mantuvieron su función de apoyo al sistema de protección de la infancia, pese a las dificultades derivadas del temporal. 

Estas subvenciones, de concesión directa y tramitación de oficio, alcanzan un importe global de 1.052.000 euros, financiados con fondos propios de la Generalitat para el ejercicio 2025.  Las familias podrán recibir entre 3.000 y 6.000 euros, en función del número de menores acogidos en la fecha de la dana. Se han previsto cuatro tramos: 3.000 euros para un menor acogido, 4.000 para dos, 5.000 para tres y 6.000 euros para cuatro menores acogidos o más.

El segundo decreto contempla otra línea de ayudas con un presupuesto inicial de 3.584.000 euros, destinada a 3.208 familias, de las cuales 2.832 son familias numerosas o monoparentales y 376 familias vulnerables, con hijos o hijas menores a su cargo. Las cuantías ascienden a 1.000 euros por familia numerosa o monoparental y 2.000 euros por familia vulnerable con menores con discapacidad igual o superior al 33 %. 

Estas ayudas complementan a las ya concedidas para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad o de vehículos durante la dana. 

Ambos decretos se fundamentan en la Ley General de Subvenciones y en la Ley de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones de la Generalitat, que permiten la concesión directa cuando concurren razones de interés público, social y humanitario. Las ayudas se gestionarán íntegramente de oficio, sin necesidad de solicitud individual, mediante el cruce de datos entre los registros de títulos de familia numerosa o monoparental, discapacidad y los expedientes de ayudas dana. 

Se trata de subvenciones compatibles con otras ayudas y están sujetas a control financiero y verificación posterior para garantizar su correcta aplicación.

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