Un auto del juzgado ordena la ejecución de embargo de los bienes del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber por las cuantías de 538.022 € de principal más 161.406 € de intereses y costas. Esto se decreta para cumplir con la sentencia 1409/2012 del TSJ CV Sala de lo Contencioso por la demanda interpuesta por Rutima SL contra la retasación del sector T-1 del PGOU.
La Sentencia anuló un acuerdo de Pleno de 27 de octubre de 2005 que aprobó la Retasación de cargas urbanísticas exclusivamente con el voto favorable de los concejales del Partido Popular.
La retasación se dio por la eliminación de un vertedero cuya existencia era conocida previamente por el ayuntamiento y el urbanizador Masasesicas SL. Aún así pretendieron cobrarle el coste a la demandante Rutima SL, aduciendo que el vertedero era “causa sobrevenida” y no se conocía con anterioridad.
Plataforma denunció este hecho en aquel Pleno de 2005 porque existía documentación conocida por todas las partes en las que se pedían actuaciones contra ese vertedero.
El equipo de gobierno popular, con el Alcalde Eugenio Cañizares a la cabeza, obviaron esto y aprobaron esta retasación, a la vista de la sentencia, ilegal.
En 2013, conocida la sentencia, Plataforma presentó Moción para que se esclarecieran los hechos. El gobierno popular, en solitario, votó en contra de dar explicaciones.
Por esta razón Plataforma llevó este asunto ante la Fiscalía Anticorrupción por si las actuaciones municipales en este asunto fueran constitutivas de delito.
El juzgado insta, con fecha 14 de enero de 2014, a afrontar el pago de estos 700.000 € en el plazo de 10 días y que disponga los bienes suficientes para ejecutarla.
Sé el primero en comentar